Capitulaciones Matrimoniales y Liquidación de Sociedad Conyugal

Capitulaciones Matrimoniales:


registros

Esta inscripción se hace cuando ambos cónyuges o uno de ellos es comerciante.


Requisitos:


Presentar copia auténtica de la escritura pública o documento privado mediante  la cual se celebren, modifiquen o revoquen las capitulaciones matrimoniales cuando el marido y la mujer o alguno de ellos sea comerciante.


Acreditar el pago del impuesto de registro departamental.


Cancelar en la Cámara de Comercio el valor correspondiente a los derechos de inscripción.


Liquidación de Sociedad Conyugal:

 

Requisitos:


Presentar copia auténtica de la providencia judicial o de la  escritura  pública mediante la cual se liquida la sociedad conyugal, o se protocolice la sentencia que apruebe la liquidación de la misma, siempre que el marido y la mujer, o alguno de ellos sea comerciante.


Acreditar el pago del impuesto de registro departamental.

Cancelar en la Cámara de Comercio el valor  correspondiente a los derechos de inscripción.

 

Horario de atención al público

En Registros

De lunes a Jueves de 7:15 a.m. a 11:30 a.m y de 2:00 p.m a 5:30 p.m
Viernes de 8:00 a.m a 11:30 a.m y de 2.00 p.m a 5:30 p.m

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E-mail: presidencia@ccflorencia.org.co

Certificado Icontec No. 3062-1

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Enlaces

 

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