| Adjudicación en Procesos Sucesorales |
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Se inscriben en la Cámara de Comercio las adjudicaciones de establecimientos de comercio y de cuotas o partes de interes social en sociedade de responsabilidad limitada, encomandita simple y colectiva, en las cuales la persona fallecida era socio.
Requisitos:
* Si el proceso sucesoral se tramitó ante Notario, debe allegarse copia auténtica de la escritura pública que contenga el trabajo de partición y adjudicación de bienes.
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En Registros
De lunes a Jueves de 7:15 a.m. a 11:30 a.m y de 2:00 p.m a 5:30 p.m
Viernes de 8:00 a.m a 11:30 a.m y de 2.00 p.m a 5:30 p.m
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