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de Proponentes (RUP)

Qué es

Arbitraje

Es un mecanismo o procedimiento mediante el cual, por expresa voluntad de las partes, se concede la solución de conflictos privados a un tercero denominado Árbitro, quien transitoriamente queda facultado para proferir un laudo que tendrá la misma categoría y los mismos efectos que una sentencia Judicial, y que da solución definitiva al conflicto sometido a la figura.

Qué es el Pacto Arbitral

Es un mecanismo o procedimiento mediante el cual, por expresa voluntad de las partes, se concede la solución de conflictos privados a un tercero denominado Árbitro, quien transitoriamente queda facultado para proferir un laudo que tendrá la misma categoría y los mismos efectos que una sentencia Judicial, y que da solución definitiva al conflicto sometido a la figura.

Ventajas del Arbitraje

¿Cuáles son los Tipos de Pacto Arbitral?

El pacto arbitral puede consistir en una cláusula compromisoria o en un compromiso.

Cláusula compromisoria: es una cláusula que se incluye en los contratos previo a que se presente la diferencia entre las partes.

Compromiso: se pacta entre las partes una vez surja el conflicto y no se haya contemplado en el contrato una cláusula compromisoria o un mecanismo de resolución de controversias.

Es importante tener en cuenta que sin pacto arbitral (cláusula o compromiso) no se puede iniciar un proceso de arbitraje.

Preguntas

Frecuentes

Es un mecanismo alternativo de solución de conflictos (MASC), de rango constitucional, en el que un tercero imparcial y especializado, llamado árbitro, actúa como juez en la solución de una controversia, emite una decisión denominada laudo arbitral que tiene los mismos efectos legales de una sentencia judicial.

Para acceder al arbitraje las partes deben haber acordado un Pacto Arbitral en la modalidad de compromiso o cláusula compromisoria.

Es un negocio jurídico en virtud del cual las partes se obligan a someter a arbitraje las controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas.

El pacto arbitral puede consistir en una cláusula compromisoria o en un compromiso.

Cláusula compromisoria: como su nombre lo indica, es una cláusula que se incluye en los contratos previo a que se presente la diferencia entre las partes.

Compromiso: se pacta entre las partes una vez surja el conflicto y no se haya contemplado en el contrato una cláusula compromisoria o un mecanismo de resolución de controversias. De acuerdo con la Ley 1563 de 2012, es un documento que debe relacionar: los nombres de las partes y la indicación de la o las controversias que someten a arbitraje.

Tenga en cuenta que sin pacto arbitral (cláusula o compromiso) no se puede iniciar un proceso de arbitraje.

Es recomendable siempre incluir la cláusula arbitral en sus contratos.

 

El artículo 3º de la Ley 1563 de 2012 -Estatuto Arbitral- establece que el pacto arbitral es “un negocio jurídico por virtud del cual las partes someten o se obligan a someter a arbitraje controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas”.  Teniendo en cuenta esta definición, la cláusula arbitral tiene todos los efectos vinculantes de un negocio jurídico, así pues, en principio, sí es obligatorio acudir al arbitraje ya que las partes renuncian a hacer valer sus pretensiones ante los jueces.

La Ley 1563 de 2012 en su artículo 10 señala que durará 6 meses contados a partir de la finalización de la primera audiencia de trámite. Dicho término podrá prorrogarse a petición de partes una o varias veces, sin que la totalidad exceda de seis meses.

Sí, el laudo arbitral tiene los mismos efectos que una sentencia judicial.

Según el artículo 39 y siguientes de la Ley 1563 de 2012, contra el laudo arbitral proceden los recursos extraordinarios de anulación y de revisión.

Lista

de Árbitros

NOMBRES ESPECIALIDADCORREO ELECTRÓNICO
JOHN FABIO PEÑA BERMEO
Esp. Derecho Constitucional Esp. Derecho Comercial
FABIO DE JESUS MAYA ANGULO
Mag. Derecho Procesal Penal, Esp. Derecho administrativo
JHON FREDDY BUSTOS LOMBANA
PhD. En derecho, Mag. Derecho de seguros, Mag. Contratación estatal, Esp. Contratación Estatal, Esp. Derecho ambiental, Esp. Seguros, Esp. Derecho laboral y relaciones industriales
HERNANDO RIVERA CUELLAR
Mag. Derecho Administrativo, Esp. Derecho Laboral y Seguridad social
RAUL FERNANDO MARTINEZ APARICIO OLAYA
Mag. Conflictos territorio y cultura Esp. Conciliación, arbitraje y resolución de conflictos
MONICA ANDREA LOZANO TORRES
Mag. Derecho, Esp. Publico financiero, Esp. Derecho administrativo, Esp. Contratación
NORMA LILIANA SANCHEZ CUELLAR
Esp. Derecho procesal, Esp. Derecho administrativo
OSCAR CONDE ORTIZ
Mag. Derecho privado, persona y sociedad, Esp. Derecho contencioso administrativo
OMAR ENRIQUE MONTAÑO ROJAS
Esp. Derecho Administrativo
GLORIA AMPARO RESTREPO HURTADO
Esp. Derecho público
LUIS ALBERTO CASTRO
Esp. Derecho público
PEDRO ANTONIO CHAUSTRE HERNANDEZ
Mag. Responsabilidad contractual y extracontractual Esp. Derecho minero y energetico Esp. Responsabilidad y daño resarcible
DIANA LORENA QUIÑONEZ BOHORQUEZ
Maestría en estudios de Paz, Conflictos y Desarrollo
LUIS EDUARDO ARELLANO JARAMILLO
Esp. Derecho Comercial Esp. Derecho Societario y Probatorio Esp. Derecho Administrativo
MARWIN ALEJANDRO PARDO CORTES
Esp. En Derecho Comercial Esp. En Derecho Administrativo
YAMILE XIOMARA DUARTE GOMEZ
Esp. Contratación Estatal
Lista

de Secretarios

NOMBRES ESPECIALIDADCORREO ELECTRÓNICO
MAURICIO MUÑOZ CONTRERAS
Esp. Responsabilidad y daño resarcible Esp. Derecho Contractual y Relaciones Juridico Negociables
OMAR ENRIQUE MONTAÑO ROJAS
Esp. Derecho Administrativo Maestria Decho Contratación Pública y Privada
FABIO DE JESUS MAYA ANGULO
Mag. Derecho Procesal Penal, Esp. Derecho administrativo
NORMA LILIANA SANCHEZ CUELLAR
Esp. Derecho procesal, Esp. Derecho administrativo
OSCAR CONDE ORTIZ
Mag. Derecho privado, persona y sociedad Esp. Derecho contencioso administrativo
GLORIA AMPARO RESTREPO HURTADO
Esp. Derecho publico
DAVID ESTEBAN ENRIQUEZ ZAMBRANO
Esp. Derecho Administrativo Mag. En Derecho Procesal
DANIEL SEBASTIAN RIOS MARIN
Esp. en legislación tributaria y de aduanas Maestría en derecho comercial