Guias - Registros Públicos

¿COMO INSCRIBIR EL CONTRATO DE PREPOSICIÓN?

Es el acuerdo de voluntades que debe constar por escrito sobre una forma de mandato, por medio del cual un comerciante encarga la administración de un establecimiento de comercio o de una parte o ramo de la actividad del mismo, a otra persona quien es el mandatario llamado factor.
Nombre, domicilio y documento de identidad del factor (quien recibe la administración del establecimiento); nombre, domicilio y documento de identidad del proponente (quien otorga la administración del establecimiento); facultades del factor y límites a su gestión
  • EI contrato puede elevarse a escritura pública u otorgarse por documento privado.
  • Si el contrato se constituyó por documento privado, éste debe presentarse con diligencia de reconocimiento de firmas y del contenido por los suscriptores.
  • Dicho reconocimiento puede efectuarse ante notario o juez; o en su defecto, el documento puede presentarse ante el secretario de la Cámara de Comercio para hacerle presentación personal.
  • El contrato debe inscribirse en la Cámara de Comercio con jurisdicción en el lugar donde se encuentra funcionando y matriculado el establecimiento de comercio.
  • La copia que se remita debe ser legible, para garantizar su digitalización.
  • Debe inscribirse en el registro mercantil cualquier modificación que sufra el contrato o su cancelación
Al solicitar la inscripción del contrato se deben cancelar los derechos de inscripción y con la inscripción del contrato se genera el impuesto de registro que se cancela a favor del Departamento del Caquetá.

El registro del contrato hace que el mismo surta efectos frente a terceros generándole fuerza obligante y oponibilidad por su publicidad en la Cámara. El agente o factor solo es reconocido por terceros y reconocidas sus facultades para administrar, a partir del registro.